La Comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea Nacional prohijó el anteproyecto de Ley 99, que modifica y adiciona artículos a la Ley 37 de 2009, que descentraliza la Administración Pública y dicta otras disposiciones.
Se trata de una iniciativa que permitiría a alcaldes y representantes seguir ocupando los cargos públicos que ejercían previo a su elección, "siempre y cuando no sea en jornadas simultáneas de trabajo", y por tanto cobrar dobles salarios del Estado.
La iniciativa además establece que la institución en la que laboraba antes de ser electo, deberá adecuarle la jornada de trabajo para que pueda cumplir con sus nuevas funciones.
Anteriormente, esta iniciativa ha sido objeto de cuestionamientos debido a que la Constitución Política de la República de Panamá establece en su Artículo 303 que "los servidores públicos no podrán recibir dos o más sueldos pagados por el Estado, salvo los casos especiales que determine la Ley". Adicional, existe un fallo de la Corte Suprema de Justicia que declara inconstitucional las licencias con sueldo.
Antes de que se eliminaran las licencias con sueldo, la Contraloría General de la República reveló que en esta administración, un total de 30 alcaldes, de los 81 que hay en el país, tenían doble salario; y más de 170 representantes gozaban de este beneficio, que fue declarado como inconstitucional.